miércoles, 31 de agosto de 2022

Nuevo extrañamiento para la Comisión de Honor y Justicia del SUTIEMS

 Nuevo extrañamiento para la Comisión de Honor y Justicia del SUTIEMS



A los Integrantes de la Comisión de Honor

y Justicia del SUTIEMS:

C. Juan Antonio Díaz Barrientos,

C. Karla Hernández Santoyo e

C. Iván Ramón Roldan Tejeda,

Al Consejo General de Representantes,

A los afiliados del SUTIEMS

P R E S E N T E S :


Como es de su conocimiento, el miércoles 17 de agosto del año en curso, a las 10:47 horas, llegó al correo electrónico de la Secretaría de Relaciones Externas del Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México (SUTIEMS), srelacionesexternas@sutiems.org, una notificación de la Comisión de Honor y Justicia (CHyJ) del sindicato en la que se me informa que "con fecha 14 de julio de 2022" han recibido una nueva denuncia en mi contra por "violaciones a los estatutos cometidas durante el pasado proceso de huelga por revisión salarial" y de acuerdo con el Reglamento de dicha comisión, en su artículo 11, tengo "derecho a presentar defensa por escrito y a ofrecer pruebas de descargo, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación y en la audiencia de conciliación, pruebas y alegatos", a la que en su momento habrán de citarme.  (ver archivos adjuntos).

El reglamento de la CHyJ, en su artículo 12, establece que "Una vez transcurrido el lapso de 5 días después de que fue notificado el acusado, la Comisión citará a las partes a una audiencia de conciliación, pruebas y alegatos, señalando lugar, fecha y hora en que deberá celebrarse". Sin embargo, tuvieron que pasar 14 días para que la CHyJ enviara al correo electrónico de la secretaría a mi cargo, el citatorio a la Audiencia de Conciliación, Pruebas y Alegatos, fechado el 31 de agosto de 2022, en el cual se menciona que dicha audiencia "se llevará a cabo el viernes 02 de septiembre del presente año 2022, a las 11:00 am en las instalaciones del Local Sindical del SUTIEMS". 

Derivado de lo anterior, no solo me extraña la tardanza con la que la CHyJ me envió el citatorio para la Audiencia de Conciliación, Pruebas y Alegatos, sino que la fecha que señalan para dicha audiencia coincide con la reunión del Consejo General de Representantes (CGR), del cual formo parte y, por lo tanto, me ponen ante la disyuntiva de asistir a la audiencia o a dicha reunión, cuando todos sabemos que el CGR "es la segunda instancia de deliberación, resolución y ejecución del sindicato", según los Estatutos sindicales, por lo que es de suma importancia mi asistencia a dicha reunión, por lo que les solicito a los integrantes de la CHyJ que cambien la fecha de la Audiencia de Conciliación, Pruebas y Alegatos a la que me citaron.

Por otra parte, si bien es cierto que el Reglamento de la CHyJ establece en su Artículo 11 que "Una vez que se haya sometido algún asunto a su consideración, la Comisión notificará al inculpado haciéndole saber la imputación que se le hace, los hechos en que se funda y las pruebas que apoyan dicha acusación, así como el derecho que tiene a presentar defensa, por cuenta propia o por tercera persona, por escrito y a ofrecer pruebas de descargo, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación", sin embargo, me resulta improcedente que se me hayan hecho ya tres notificaciones, con sus respectivos citatorios para audiencias de conciliación, pruebas y alegatos que versan sobre el mismo asunto, es decir, las violaciones al Estatuto en las que supuestamente incurrí durante  "el pasado proceso de huelga por revisión salarial". ¿Cuántas veces piensan juzgarme por las mismas imputaciones y por los mismos hechos? 

El Juez Sustituto, José Manuel Estebanez Izquierdo (2016), menciona que en materia penal, <<el principio de "non bis in idem" implica la prohibición de enjuiciamiento penal cuando, previamente, haya existido otro que ha concluido con una resolución de fondo firme con efecto de cosa juzgada (véanse, entre otras, las Sentencias del Tribunal Constitucional Núms. 91/2008, de 21 de julio, y 67/2010 de 18 de octubre)>>. Y si bien es cierto que aún no existe ninguna resolución por parte de la CHyJ del sindicato, también existe la posibilidad de acumular procesos y demandas o, como en este caso, denuncias, ya que todas ellas hacen referencia a un mismo evento. En todo caso, que la CHyJ me diga ¿qué sentido tiene juzgar por separado denuncias similares?

Finalmente, en esta tercera denuncia que me notifica la CHyJ del SUTIEMS, en la que se mencionan como HECHOS, que "En la Asamblea General del 17 de junio se decidió por votación de la mayoría que dicha asamblea únicamente sería informativa, sin embargo, pasando por alto este acuerdo el Presidente de Debates de la misma, Raúl Pérez Ríos, sometió a votación que se convocara a una nueva Asamblea General para el día siguiente y, aún más, la forma de votación de la ulterior asamblea, lo que en los hechos fue convertir la asamblea informativa en deliberativa y pasar por alto el mandato de la propia Asamblea", quiero reiterarles la contestación que di a las denuncias anteriores que me notificaron sobre el mismo asunto: "en la Asamblea General virtual del 17 de junio de 2022 lo que se acordó fue no votar a favor o en contra de la propuesta que había presentado la patronal ese mismo día para levantar la huelga, por ello se dijo que en ese aspecto sería solo informativa, lo cual no impedía que se pudiera votar el día en el que se sometería a votación dicha propuesta, así como la modalidad de la votación (secreta o a mano alzada)".

Quedo a la espera de que la CHyJ establezca una nueva fecha para la Audiencia de Conciliación, Pruebas y Alegatos relacionada con esta última denuncia que me notifico desde el 17 de agosto del año en curso y que me envíe el citatorio correspondiente o, en su caso, que considere este nuevo extrañamiento como parte de mi defensa por escrito a esta nueva denuncia en mi contra.

Sin más por el momento, me despido de ustedes.


Atentamente


Raúl Pérez Ríos

Secretario de Relaciones Externas del SUTIEMS








domingo, 14 de agosto de 2022

Extrañamiento para la Comisión de Honor y Justicia del SUTIEMS

Extrañamiento para la Comisión de Honor y Justicia del SUTIEMS



A los Integrantes de la Comisión de Honor

y Justicia del SUTIEMS:

C. Juan Antonio Díaz Barrientos,

C. Karla Hernández Santoyo e

C. Iván Ramón Roldan Tejeda,

Al Consejo General de Representantes,

A los afiliados del SUTIEMS

P R E S E N T E S :


Como es de su conocimiento, el lunes 8 de agosto del año en curso, a las 8:36 horas, llegaron al correo electrónico de la Secretaría de Relaciones Externas del Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México (SUTIEMS), srelacionesexternas@sutiems.org, dos citatorios de la Comisión de Honor y Justicia (CHyJ) del sindicato para las audiencias de conciliación, pruebas y alegatos derivadas de las dos denuncias que dicha comisión me notificó en días pasados (ver archivos adjuntos).

Uno de dichos citatorios establecía como fecha para una de las audiencias el día viernes 12 de agosto del 2022, a las 11:00 a.m. en las instalaciones del Local Sindical del SUTIEMS, ubicado en la calle Concepción Béistegui No. 1810 D, Colonia Narvarte Oriente, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03020, para la denuncia que hicieron diversos afiliados del plantel Iztapalapa 1, mientras que la cita para la audiencia correspondiente a la denuncia de diversos afiliados del plantel Tlalpan 1 se realizaría a las 13:00 horas, del mismo día y en el mismo lugar de la audiencia anterior. 

Como he dejado constancia en el grupo de Facebook del SUTIEMS, ninguno de los integrantes de la CHyJ del sindicato se presentó a la audiencia citada por ellos mismos a las 11:00 horas, como tampoco lo hizo ninguno de los denunciantes, y nunca se me notificó alguna cancelación de dicha audiencia o modificación del día ni del horario de la misma por ningún medio.

El Artículo 12 del Reglamento de la CHyJ establece que “Una vez transcurrido el lapso de 5 días después de que fue notificado el acusado, la Comisión citará a las partes a una audiencia de conciliación, pruebas y alegatos, señalando lugar, fecha y hora en que deberá celebrarse”.

La audiencia citada a las 11:00 horas no se llevó a cabo por la inasistencia de los integrantes de la CHyJ y de los denunciantes, por lo que deberían asumir su responsabilidad y como consecuencia de su falta se debería sobreseer el caso. 

Pero en lugar de ello, uno de los integrantes de la CHyJ intentan justificarse diciendo mentiras en el grupo de Facebook del SUTIEMS, como es el caso de Juan Antonio Díaz Barrientos, quien menciona lo siguiente: “Llegamos perfectamente a tiempo a las 12:45 del día. El citatorio era a las 13:00 hrs. Cuidado con la desinformación tendenciosa de Raúl Pérez Ríos y sus amigos aquí presentes con sus comentarios” (ver archivo adjunto), cuando uno de los citatorios en mención dice claramente que una de las audiencias era a las 11:00 horas.

Por su parte, Karla Hernández Santoyo le contesta a Hernández Sánchez Arturo, en el grupo de Facebook del SUTIEMS lo siguiente: “estimado compañero, la sesión que se llevó a cabo hoy fue para darle seguimiento a la queja del plantel Tlalpan I, la cual fue citada a las 13:00 hrs. Se ha cumplido a cabalidad el Reglamento de la Comisión. Saludos y que no te cuenten a medias los hechos” (ver archivo adjunto), omitiendo que había otro citatorio de la propia CHyJ a las 11:00 horas para una audiencia derivada de la denuncia de varios afiliados del plantel Iztapalapa 1, tal como ellos mismos lo mencionaron durante la audiencia de las 13:00 horas.

Considerando lo anterior, hago público mi extrañamiento ante el actuar de la CHyJ durante este proceso, y particularmente contra dos de sus integrantes: Juan Antonio Díaz Barrientos y Karla Hernández Santoyo, y hago nuevamente un llamado al Consejo General de Representantes del SUTIEMS, así como a cada uno de los afiliados del sindicato a que estén atentos ante cualquier injusticia que quiera cometer dicha comisión, la cual ha incurrido en diversas faltas al debido proceso.


!Por educación y trabajo dignos!


Raúl Pérez Ríos 

Secretario de Relaciones Externas del SUTIEMS


Domingo 14 de agosto de 2022



































miércoles, 10 de agosto de 2022

Carta abierta a la Comisión de Honor y Justicia del SUTIEMS

Carta abierta a la Comisión de Honor y Justicia del SUTIEMS



A los Integrantes de la Comisión de Honor

y Justicia del SUTIEMS:

C. Juan Antonio Díaz Barrientos,

C. Karla Hernández Santoyo e

C. Iván Ramón Roldan Tejeda,

Al Consejo General de Representantes,

A los afiliados del SUTIEMS

P R E S E N T E S :


Como es de su conocimiento, el viernes 15 de julio del año en curso, a las 13:13 horas, llegaron al correo electrónico de la Secretaría de Relaciones Externas del Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México (SUTIEMS), srelacionesexternas@sutiems.org, dos notificaciones de la Comisión de Honor y Justicia (CHyJ) del sindicato relacionadas con denuncias en mi contra por violaciones al Estatuto sindical (ver archivos adjuntos).

Vale la pena señalar que dichas notificaciones, con fecha del 11 de julio del presente año, solamente están firmadas por uno de los integrantes de la CHyJ, el C. Juan Antonio Díaz Barrientos, quien ha expresado tanto en el grupo de whatsapp del Consejo General de Representantes (CGR), como en las reuniones de dicho órgano de gobierno del sindicato, señalamientos semejantes a los expresados en las denuncias en mención, por lo que pareciera ser que dicho miembro de la CHyJ no solo es juez, sino tambien parte de los acusadores (ver archivos adjuntos). 

Desconozco la razón por la que el resto de los integrantes de dicha comisión no firmaron ambas notificaciones. También desconozco la razón por la que la CHyJ del SUTIEMS decidió darle curso a una denuncia con fecha del 6 de julio de 2022, en la que se me acusa de haber manipulado información "para orillar a los afiliados a votar por el levantamiento de la huelga, afirmando que se corría el riesgo de que la patronal retirara la propuesta y no pagara los salarios caídos", y que di mi venia "para convocar a la Asamblea General virtual del 7 de junio de 2022, sin consultar a los demás miembros del Comité Ejecutivo", cuando a dichas acusaciones no les anexaron ninguna prueba documental que las sustentara, tal como ustedes lo mencionan en su notificación.

No esta de más aclarar que 7 de junio del año en curso se realizó una Asamblea General presencial y no viertual, en el auditorio de la Sección IX de la CNTE ubicado en Belisario Domínguez 32, Col. Centro, Alcaldía Cuauhtémoc y dicha convocatoria fue acordada y convocada por el Comité Ejecutivo (CE) del sindicato y la convocatoria a la misma fue firmada por la Secretaría General del mismo, tal como lo establecen los Estatutos del SUTIEMS (ver archivos adjuntos)

Por otra parte, resulta inconcebible que en un sindicato conformado por personas mayores de edad, con criterio propio, en su mayoría Docentes-Tutores-Investigadores, con licenciaturas, maestrías y doctorados, que trabajan en una institución de educación media superior en la que se promueve el pensamiento crítico, científico y humanista, se pueda considerar que los acuerdos tomados mediante el voto personal, libre, directo y en algunos casos secreto de los afiliados, pueda ser producto de la manipulación y el engaño de algún integrante del CE, como lo quieren hacer ver los que me acusan, así como el integrante de la CHyJ anteriormente mencionado y para nadie es un secreto que la patronal siempre amenaza con retirar sus propuestas si no son aceptadas, pero es la presión y la fuerza del sindicato la que puede lograr que dichas propuestas se mantengan y se mejoren para el bien de los trabajadores.

También es importante mencionar que el CGR está integrado únicamente "por los Representantes Sindicales de los Centros de Trabajo (RSCT) y el Comité Ejecutivo", tal como lo establecen los Estatutos del SUTIEMS, por lo que no se justifica la presencia permanente de los integrantes de la CHyJ del sindicato tanto en el grupo de whatsapp del CGR como en las reuniones de dicho órgano de gobierno del sindicato en las que emiten sus juicios, señalamientos y acusaciones sin restricción alguna, lo cual constituye una violación al Estatuto sindical por parte de los integrantes de dicha comisión autónoma del SUTIEMS.

En cuanto a la denuncia del 5 de julio de 2022, en la que se me acusa de "suplantar las funciones de la Secretaría de organización durante el proceso de huelga estallada el 7 de junio 2022", hay que aclarar que la fecha del estallamiento de la huelga fue el 8 de junio del presente año y no el 7 de junio como se menciona en la denuncia. Por otra parte, en la denuncia en cuestión, también se me acusa de desgastar y manipular "la Asamblea General virtual del 17 de junio de 2022 que había sido votada con carácter informativo y acabó siendo resolutiva", además de que se me acusa de haberme extralimitado de mis funciones "al organizar votaciones libres y secretas en la Asamblea del 18 de junio de 2022". Entre las pruebas que se mencionan para sustentar dichas acusaciones se encuentra la Minuta del CGR del 11 de marzo de 2022, así como el Documento firmado con fecha 3 de junio por la Secretaria General y la Directora General del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México (IEMS-CDMX), los cuales no tiene nada que ver con las acusaciones mencionadas.

Además de lo anterior, vale la pena aclarar que en la Asamblea General virtual del 17 de junio de 2022 lo que se acordó fue no votar a favor o en contra de la propuesta que había presentado la patronal ese mismo día para levantar la huelga, por ello se dijo que en ese aspecto sería solo informativa, lo cual no impedía que se pudiera votar el día en el que se sometería a votación dicha propuesta, así como la modalidad de la votación (secreta o a mano alzada). 

No hay que olvidar que "La ASAMBLEA GENERAL es la máxima instancia de deliberación, resolución y decisión de las políticas generales del sindicato. Sus acuerdos son de acatamiento obligatorio para todos los afiliados al sindicato y está conformada por todos ellos", tal como lo establecen los Estatutos del SUTIEMS.

Por otra parte, la organización de la votación personal, libre, directa y secreta de los afiliados en la Asamblea General del 18 de junio del año en curso fue responsabilidad de todo el CE y no solo de mi persona y si la Secretaria de Organización, Raquel Colín López, se abstuvo de participar en la organización de dicha votación por motivos personales, eso no impide que los demás integrantes del CE podamos apoyar en dichas tareas, considerando que dicho órgano ejecutor del sindicato "se concibe como una dirección colegiada y representativa de todos los Centros de Trabajo, donde ninguno de sus miembros está por encima de los demás".

Por lo anteriormente mencionado, considero que las acusaciones en mi contra no tienen ningún sustento. Además de que al menos uno de los integrantes de la CHyJ del sindicato ha mostrado claramente su falta de imparcialidad en este caso. En ese sentido, dicha comisión autónoma difícilmente podría actuar conforme a derecho, ya que con las declaraciones públicas de al menos uno de sus miembros no solo estarían actuando como jueces, sino también como verdugos. Por ello, hago un llamado a los integrantes del Consejo General de Representantes del sindicato, así como a todos los afiliados del SUTIEMS a que estén atentos a las resoluciones que pueda tomar la CHyJ y eviten que se cometan alguna injusticia por parte de dicha comisión autónoma del sindicato.


Sin más por el momento, les agradezco la atención prestada a la presente.


¡Por educación y trabajo dignos!


Raúl Pérez Ríos 

Secretario de Relaciones Externas del SUTIEMS